CHB

 

EL COMITÉ HOSPITALARIO DE BIOÉTICA COADYUVA A LA TOMA DE DECISIONES ANTE DILEMAS ÉTICOS

·         Contribuye a salvaguardar la dignidad, los derechos, la seguridad y el bienestar de cada participante en la relación médica-paciente.

 

·         Emite recomendaciones sin carácter punitivo.

 


El Comité Hospitalario de Bioética es un espacio de análisis, reflexión y estudio para auxiliar al personal de salud en el ejercicio de la atención médica y a pacientes y familiares, y coadyuva a la toma de decisiones en los dilemas médicos que se presentan en la atención médica y la docencia, se afirmó en el Curso Trato adecuado y digno para el personal de salud, que se llevó a cabo en el Auditorio “Doctor Manuel Velasco Suárez”.

Dicho comité contribuye a salvaguardar la dignidad, los derechos, la seguridad y el bienestar de cada participante en la relación clínica, tomando en consideración las leyes, las regulaciones nacionales y las de las instituciones donde se lleva a cabo la atención médica. Procura el acceso justo a los servicios sanitarios y que se contemplen los protocolos de atención.        

Ley General de Salud en su título quinto: Investigación para salud, en los artículos del 96 al 103, establece la creación de los Comités de Ética en Investigación, y el Comité Hospitalario de Bioética.

El CHB tiene una función consultiva, orientadora y educativa, es decir que se limita a asesorar, orientar u opinar como apoyo al equipo de salud; permite anticiparse a posibles conflictos éticos que puedan surgir en la atención médica a través de protocolos orientadores de acción.

Emite recomendaciones sin carácter punitivo. No solamente corrige abusos, sino que promueve o cambia usos, mantiene la memoria institucional, educa y reeduca permanentemente a sus miembros y a las instituciones con que se relaciona.

No está encaminado a reemplazar la relación médico-paciente, tampoco las decisiones y responsabilidades que corresponden a cada uno de los actores en dicha relación. No suple las funciones del personal sanitario en la toma de decisiones clínicas.

Sólo interviene, a petición de los mismos, cuando se identifique un conflicto en el ejercicio de la atención a la salud y se requiera asesoría para su análisis, por lo que, deberá abstenerse de involucrarse en decisiones que competen al personal médico tratante.

No es ámbito de competencia del CHB analizar o sancionar la negligencia médica., y no le corresponde tratar asuntos o problemas de carácter laboral, administrativo o legal.

En el curso, se expuso que el comité se enfrenta varias situaciones, como que el personal de salud, pacientes y familiares no conocen la utilidad del comité. También, a la relación paternalista, en la cual no se respeta la autonomía del paciente; la discriminación en la atención médica, y la molestia que genera cuando se emite algún dictamen.

En los casos de dilema ético, el comité interviene en la relación médico-paciente, en casos de vida, muerte, salud y enfermedad, y busca dar mayor participación de los pacientes en la toma de decisiones cuando se trata de las decisiones clínicas terapéuticas, trasplante de órganos, y casos de no resucitación o retiro de cuidados.

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